miércoles, 23 de diciembre de 2020

¿CÓMO SERÁN LAS JUBILACIONES TRAS LA PRÓXIMA REFORMA DE LAS PENSIONES?

Cada vez la sociedad vive más. Especialmente la española. Actualmente, el país cuenta con una esperanza de vida de 83,33 años, solo superada por la japonesa con 84,10 años. Sin embargo, según el Instituto de Medición y Evolución de la Salud de la Universidad de Washington (EE.UU.), la esperanza de vida española dentro de 21 años podría superar los 85 años convirtiéndose así en el país con mayor esperanza de vida del planeta.



Esta situación conlleva, según la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef), a que la población española ascenderá a 54 millones en 2050, mientras que la población en edad de trabajar se mantendrá por encima de los 30 millones de personas durante todo el periodo de previsión. En definitiva, si en 2010 existían casi cinco trabajadores por jubilado, en 2050 serán dos.

Asimismo, cabe añadir el hecho de que nos encontramos con una gran generación a las puertas de la jubilación. Conscientes de la debilidad del sistema, muchos baby boomers –los nacidos entre los años 1955 y 1975– se verán obligados a complementar su pensión con el ahorro personal o con un plan de pensiones. Según un informe reciente de la consultora Willis Towers Watson, el número de pensiones se habrá prácticamente duplicado cuando todos los baby boomers españoles se hayan retirado. Unas previsiones que obligan a tomar conciencia de la importancia del ahorro.

Así pues, esto ha conllevado a que ePacto de Toledo continúe debatiendo sobre pensiones, y especialmente sobre la pensión de jubilación. En este sentido, habrá un retraso en la edad de jubilación según lo que establece la Seguridad Social para el cobro de pensiones.


       ¿Qué es una pensión por jubilación?

La prestación por jubilación, en su modalidad contributiva, cubre la pérdida de ingresos que sufre una persona cuando, alcanzada la edad establecida, cesa en el trabajo por cuenta ajena o propia. Ahí pone fin a su vida laboral, o reduce su jornada de trabajo y su salario en los términos legalmente establecidos.

Tras la Reforma del Gobierno del Partido Socialista en 2011, la edad de acceso a la jubilación ya no solo depende de una edad legal de jubilación establecida, que para entonces, estaba en 65 años. Con la Reforma de las Pensiones, depende de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral.

Así pues, en el siguiente cuadro podemos observar el cambio que esta reforma deja tras de sí en comparación a cómo han sido los requisitos otros años:





Estos cambios son consecuencia de la aplicación de la reforma aprobada en 2011 por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero –aunque con el consenso del resto de partidos y agentes sociales–, introdujo una serie de medidas que comenzaron a aplicarse de forma progresiva a partir de 2013. El objetivo último no es otro que retrasar la edad de retiro y, en cierta forma, reducir la cantidad de la prestación, sobre todo si no se cumplen las nuevas condiciones, para tratar de contener el gasto en pensiones, que año a año crece sin tregua y supera ya los 158.000 millones de euros en 2020. Y sin visos de reducirse, sino todo lo contrario.


       Periodo de cálculo

Por otro lado, la última reforma de las pensiones de 2011 ya introdujo un significativo incremento del periodo de cómputo para calcular la pensión, un proceso que se completará en 2022. Con el aumento de los años cotizados y de sus bases de cotización en el cálculo de la base reguladora, en una década se habrá pasado de valorar los últimos 15 años cotizados en que se valoraban antes de la reforma, en el año 2012, a los últimos 25 años en 2022. Es decir, se tendrán en cuenta 10 años más de cotización. Lo lógico indica que lo más probable es que el salario de un trabajador se incremente con el tiempo y, en consecuencia, sus bases de cotización también aumenten. En este supuesto, el nuevo cálculo no le favorecería, ya que seguramente las últimas bases serán más altas. Así, cuantas más bases se tengan en cuenta, seguramente la media será más baja y, por tanto, la cantidad de la pensión será más reducida.


       Algunas consecuencias de aumentar el periodo de cálculo


A largo plazo, según el Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad Politécnica de Valencia, Juan López Gandía, lo que ocurrirá es que se va a desincentivar el error que cometen algunos autónomos de subir de golpe la base en los últimos años para compensar más de media vida laboral cotizando por la mínima, obligándoles a cotizar de esta manera por bases superiores para, no sólo tener mejores prestaciones futuras, sino también presentes. 
Asimismo, añadió el experto que podría servir para aumentar la recaudación del sistema, bajando la tasa de reemplazo de las pensiones, lo cual corresponde al porcentaje que supone la pensión pública por jubilación de un país respecto al último salario cobrado por un empleado.



       APORTACIÓN PERSONAL


Según mi opinión, considero que no es ético ni moral que se disminuyan las pensiones a los jubilados, al mismo tiempo que se les aumente el tiempo de trabajar laboralmente. El ser humano tiene unas capacidades limitadas a su edad y estado, por lo que no se puede tomar la medida de adicionar el tiempo de trabajo plácidamente. Sus facultades llegarán a un momento en el que no estén al cien por cien para llevar a cabo las tareas que le correspondan en el trabajo, dando como consecuencia posibles casos de demencias o problemas tanto físicos como psíquicos. Asimismo, no creo que sea justo que a una persona que ha cotizado durante muchos años para pagar la jubilación de sus antecesores, se le rebaje la suya próxima. De todas maneras, soy consciente de que se debe tomar alguna medida para prevenir esa drástica situación que se avecina si no se toman precauciones. Por ello, creo que lo que mejor se podría hacer en estos momentos es reflexionar un poco más sobre las posibles soluciones que disponemos e intentar lograr encontrar una que no agravie la situación de los pensionistas u otros. 





BIBLIOGRAFÍA

Se retrasa la edad de jubilación y varía el cálculo de la pensión. Los cambios que plantea el Gobierno. 12/10/2020. Disponible en:

https://www.noticiastrabajo.es/reforma-pensiones-gobierno-sube-edad-jubilacion-pacto-de-toledo/ 

(Consultado el 23/12/2020)


Pensiones: años cotizados para jubilarse y edad de jubilación tras la Reforma. 22/10/2020. Disponible en:

https://www.uso.es/pensiones-anos-cotizados-para-jubilarse-y-edad-jubilacion-tras-reforma/

(Consultado el 23/12/2020)


Pensiones y jubilación en 2021: los cambios que vienen. 20/12/2020. Disponible en:

https://www.diariosur.es/economia/pensiones/pensiones-jubilacion-2021-cambios-vienen-20201220102554-nt.htmlrref=https:%2F%2Fwww.diariosur.es%2Feconomia%2Fpensiones%2Fpensiones-jubilacion-2021-cambios-vienen-20201220102554-nt.html

(Consultado el 23/12/2020)


El sistema público de pensiones en crisis: ¿cómo serán las jubilaciones del futuro?. 09/10/2020. Disponible en:


(Consultado el 23/12/2020)


¿Cómo serán las pensiones del futuro?. 01/10/2020. Disponible en:

(Consultado el 23/12/2020)


El Gobierno quiere ampliar a 35 años el periodo para calcular la jubilación. 23/12/2020. Disponible en:

(Consultado el 23/12/2020)


Los nuevos jubilados pasarán de recibir el 80% de su último sueldo al 49%. 31/08/2020. Disponible en:

(Consultado el 23/12/2020)

ELEMENTOS MULTIMEDIA

INE (Instituto Nacional de Estadística). Disponible en: 


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Pensiones: años cotizados para jubilarse y edad de jubilación tras la Reforma. 22/10/2020. Disponible en:

https://www.uso.es/pensiones-anos-cotizados-para-jubilarse-y-edad-jubilacion-tras-reforma/

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